ORLYN, S.A.
Con la aceptación del presente documento, manifiesto que conozco y acepto las siguientes condiciones por medio de las cuáles se reglamentan la expedición, interoperabilidad, circulación y demás aspectos concernientes a las facturas electrónicas, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 201-5784 del 31 de agosto del 2018 (respaldada en la Ley 51 del 22 de julio de 2008 y modificada por los artículos 11 y 12 en la Ley 82 del 09 de noviembre de 2012).
ORLYN, S. A. (en adelante “Terpel”) obtuvo por parte de la Dirección General de Ingresos (DGI) la resolución 201-5784 del 31 de agosto del 2018, que la habilita para generar la totalidad de las facturas que sean expedidas en formato electrónico XML. En virtud de lo anterior, a continuación son señaladas las condiciones de uso, interoperabilidad y circulación de la factura electrónica.
1. Terpel podrá hacer entrega de la respectiva factura a sus compradores (en adelante “El Cliente”) en formato electrónico XML y una representación gráfica de la factura al correo electrónico establecido por el cliente.
2. El Cliente podrá consultar la representación gráfica de sus facturas en el sitio web que Terpel pondrá a su disposición.
3. El Cliente se compromete a verificar continuamente su correo electrónico designado y su cuenta, con el fin de verificar oportunamente el recibo de las facturas electrónicas y/o sus representaciones en formato digital.
4. El Cliente se obliga a dar acuso de recibo de las facturas electrónicas en el sitio web que Terpel pondrá a su disposición. La factura electrónica, como título valor, se entenderá tácitamente aceptada si el cliente no reclama en contra de su contenido dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la recepción de la factura electrónica conforme, a lo dispuesto en el artículo 776 del Código de Comercio.
5. El Cliente conoce y acepta que, de conformidad con lo dispuesto por la normatividad vigente, el único documento con validez fiscal y probatoria será la factura en formato electrónico XLM.
6. El Cliente reconoce que las facturas enunciadas en el presente documento prestan merito legal, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 del Código de Comercio y que serán aceptadas tácita o expresamente por El Cliente, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en la Resolución No. 201-0235 del 11 de enero del 2018 y la Resolución 201-5784 del 31 de agosto del 2018.
7. Con la aceptación del presente documento certifico:
8. Al momento de la inscripción se le asignará a El Cliente un usuario y una clave de carácter personal e intransferible para acceder al sitio web de Terpel (www.terpelpanama.com), cuya responsabilidad en su manejo (incluida cualquier transacción o actividad llevada a cabo con dicha clave y usuario) es exclusiva de El Cliente.